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ANUNCIO CONVOCATORIA CONTRATACIÓN MONITOR/A DEPORTIVO/A

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ANUNCIO CONVOCATORIA CONTRATACIÓN MONITOR/A DEPORTIVO/A

ANUNCIO

Por el que se convoca el proceso de selección, por el sistema de concurso, de un/a monitor/a deportivo/a, para la contratación temporal, en régimen laboral, a tiempo parcial, en el Ayuntamiento de Benarrabá, que desarrolle las actividades deportivas subvencionadas con cargo al Programa 2.36.DE.32/C del Plan Provincial de Asistencia y Cooperación durante la anualidad 2.013, de la Excma. Diputación Provincial de Málaga, según Decreto de la Alcaldía nº 20 /13 de 14 de febrero de 2013, con arreglo a las siguientes:


BASES PARA LA CONTRATACIÓN, EN RÉGIMEN LABORAL TEMPORAL, A TIEMPO PARCIAL, DE UN/A MONITOR/A DEPORTIVO/A EN EL AYUNTAMIENTO DE BENARRABÁ.
 
PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA.

La presente convocatoria tiene como objeto la selección, por el sistema de concurso, de un/a monitor/a deportivo/a, para su contratación como personal laboral en el Ayuntamiento de Benarrabá, a tiempo parcial, para la realización de las actividades deportivas subvencionadas con cargo al Programa 2.36.DE.32/C del Plan Provincial de Asistencia y Cooperación durante la anualidad 2.013 de la Excma. Diputación Provincial de Málaga.
El proceso se desarrolla bajo los principios de igualdad efectiva entre hombres y mujeres, mérito, capacidad y transparencia, todo ello con la publicidad en la página web del Ayuntamiento (www.benarraba.es) y en el tablón de anuncios del mismo.
Finalizado el proceso selectivo, el resultado será elevado a la Alcaldía al objeto de llevar a cabo la contratación de la persona seleccionada. Las personas que no resulten seleccionadas quedarán en reserva para cubrir posibles bajas por motivos de enfermedad, renuncia…etc., constituyéndose al efecto bolsa de trabajo con carácter limitado al periodo de contratación fijado.

SEGUNDA: DESCRIPCIÓN DEL PUESTO

Puesto de trabajo a cubrir: monitor deportivo.

Sistema selectivo: concurso de méritos y entrevista.

Titulación mínima exigida: Diplomado universitario, especialidad en Educación Física.

Salario: 600,00 € mensuales brutos más las pagas extraordinarias que correspondan.

Jornada laboral: 20 horas semanales, en horario de mañana y tarde, según necesidades del área de Deportes; no obstante este horario se puede alterar algún día de la semana a convenir por las partes. Será a media jornada, pudiendo ampliarse en determinadas fechas si lo necesita el Ayuntamiento y, en todo caso, en función de la subvención que sea concedida.
Duración: desde que concluya el proceso de selección hasta 31.12.2013, plazo de conclusión de las actividades deportivas a realizar con cargo a las subvenciones concedidas a este Ayuntamiento por la Excma. Diputación Provincial de Málaga al amparo del Programa 2.36.DE.32/C del Plan Provincial de Asistencia y Cooperación para la anualidad 2.013 de la Excma. Diputación Provincial de Málaga, con posibilidad de prórroga por anualidades sucesivas siempre que el Ayuntamiento cuente con la subvención al amparo de la cual se financia esta contratación.

Para la selección se tendrá en cuenta que se requiere el siguiente perfil:

1. Innovador/a, creativo/a y con carácter emprendedor/a en sus actuaciones.
2.Con iniciativa personal, responsable y resolutivo/a, orientado/a a logros y a conseguir resultados.

Se responsabilizará de las siguientes tareas:
Coordinar y dirigir las actividades del deporte en edad escolar, adulta y tercera edad, y de forma complementaria otras actividades de promoción deportiva en la localidad.
Programar actividades dirigidas al fomento del deporte popular y de promoción siguiendo las directrices del área de deportes.
Desarrollo de actividades docentes, y en definitiva, todas aquellas que les sean encomendadas y resulten acordes con su preparación.
Acompañar y organizar a los participantes en los juegos comarcales y en las actividades que organice la Diputación de Málaga.

Dependerá directamente del Alcalde o persona en quien éste delegue.


TERCERA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.
 
1.Los/as candidato/as que deseen tomar parte en este proceso selectivo habrán de reunir los siguientes requisitos:
 
a) Ser español o nacional de cualquier Estado miembro de la Unión Europea, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 LEBEP.
b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder de sesenta y cinco.
c) Estar en posesión de título de Diplomado universitario, especialidad en Educación Física, equivalente o superior. Se acreditará mediante el título expedido por la autoridad académica competente. En todo caso, la equivalencia deberá ser aportada por el aspirante según certificación expedida por la Administración competente en cada caso.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

2.El cumplimiento de todos los requisitos exigidos se entenderá referido al día en que concluya el plazo de presentación de instancias.
 
 CUARTA.- SOLICITUDES.
 
1.Quienes deseen participar deberán solicitarlo mediante instancia dirigida al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Benarrabá, a presentar en el Registro General de este Ayuntamiento, en horario de 9.00 a 14.30 horas, durante el plazo de 10 días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Benarrabá y en la página web del Ayuntamiento (www.benarraba.es) o hasta el primer día hábil siguiente si el plazo concluye en sábado, domingo o festivo. Dada la urgencia de la contratación y la necesidad de acelerar los trámites, en caso de optar por presentar la instancia por correo o a través de registros de otras Administraciones Públicas, según las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, será requisito imprescindible para poder participar en el proceso selectivo, remitir copia de la instancia presentada en otro cualquier registro válido, dentro del plazo de presentación de instancias, mediante fax al Ayuntamiento de Benarrabá al nº 952150208.
2.El modelo de instancia para tomar parte en las pruebas selectivas será el que figura como Anexo I a las presentes bases y será facilitado gratuitamente en el Ayuntamiento de Benarrabá.
3.A la solicitud se acompañara:
- Fotocopia compulsada del D.N.I.
- Fotocopia compulsada de la titulación exigida en la convocatoria.
- Declaración jurada de cumplir el resto de requisitos de la convocatoria.
- Vida Laboral.
- De igual modo, se acompañarán, a fin de su baremación, originales o copias debidamente compulsadas de todos aquellos documentos que acrediten los méritos que se aleguen para ser valorados, así como un proyecto elaborado por el aspirante sobre las actividades que desarrollaría en el puesto de trabajo, pudiendo estar dirigido a la edad escolar, adulta o tercera edad, con una extensión máxima de 5 folios a una cara. Los méritos a considerar serán los debidamente alegados, acreditados y aportados por el aspirante hasta el último día de admisión de solicitudes, siendo de su exclusiva responsabilidad la adecuada alegación y justificación de los méritos, sin que en ningún caso, una vez expirado el plazo referido, pueda aportar documentación complementaria que acredite extremos no explicitados o no justificados en el plazo previsto limitándose el Tribunal a valorar exclusivamente la documentación aportada por el interesado en el plazo establecido para la presentación de solicitudes y documentación.
- Además, se presentará un proyecto sobre la ejecución de las actividades previstas para el puesto de trabajo en el Municipio de Benarrabá. El proyecto ha de presentarse en formato papel hasta un máximo de 5 folios a una cara.
4.En el plazo máximo de tres días naturales a partir de la fecha de terminación del periodo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde – Presidente dictará resolución aprobando la relación provisional de admitidos, que se expondrá en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Benarrabá, junto con la composición nominal del tribunal, así como lugar y fecha de actuación del mismo, a los efectos de emplazamiento de los aspirantes admitidos a la entrevista.
Quienes aparezcan como excluidos dispondrán de tres días hábiles para subsanar los defectos de su solicitud.
5.Las comunicaciones a efectos de notificaciones de los interesados/as, así como las citaciones y emplazamientos de los mismos, se llevará a cabo a través de los mismos medios.

QUINTA.- COMISIÓN EVALUADORA DE SELECCIÓN.

Será la encargada de valorar los datos aportados y estará compuesta por:
a) Presidente, un funcionario/empleado público del Ayuntamiento.
b) Vocales:
- Dos funcionarios/empleados públicos del Ayuntamiento.
c) Actuará como Secretario el que lo sea de la Corporación o persona en quien delegue, con voz pero sin voto.
El Tribunal resolverá por mayoría de votos de los presentes, todas las dudas en la interpretación de estas bases y determinará la actuación procedente en lo no previsto en las mismas.

1.La composición será predominantemente técnica y deberán poseer todos sus miembros el  nivel de titulación igual o superior a los exigidos para el acceso a la plaza convocada,  tendiendo a la paridad entre hombre y mujer.
2.Cuando concurra en los miembros de la Comisión alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, éstos se abstendrán de intervenir y notificarán esta circunstancia a la Alcaldía-Presidencia; asimismo, los aspirantes podrán recusarlos en la forma prevista en el artículo 29 de la citada Ley.
3.El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, siendo siempre necesaria la presencia del presidente y el secretario. El tribunal resolverá por mayoría de votos de los miembros presentes todas las dudas que surjan de la aplicación de las normas contenidas en estas bases y determinará la actuación en los casos no previstos.

SEXTA.- PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN.

6.1.- Fase de valoración de los méritos:

Las puntuaciones correspondientes a los méritos aportados será la siguiente:

6.1.1.- Experiencia:

Se valorará la experiencia de trabajo como monitor/a deportivo/a en la Administración Pública Local en municipios con población inferior a 1.000 habitantes. Se valorará a razón de 0,5 puntos por cada mes de servicio a jornada completa, o puntuación proporcional para periodos inferiores, hasta un máximo de 2,00.
Cuando se acredite experiencia laboral a tiempo parcial, el cómputo se llevará a cabo proporcionalmente a las horas y jornada acreditadas.


La puntuación máxima de toda la experiencia aportada será en total en este apartado 6.1.1 de 2 puntos.

La experiencia se acreditará mediante vida laboral, acompañada de certificado de empresa y/o contrato de trabajo y/o nóminas que demuestren fehacientemente la duración y la cualificación de su experiencia laboral.

6.1.2. Cursos de especialización y perfeccionamiento relacionados con la materia:
Por cada curso de formación complementaria realizado en relación con la actividad deportiva y directamente vinculado con el perfil del puesto a desempeñar:
De más de 50 horas de duración: 0,50 puntos por cada curso, hasta un máximo de 2,00 puntos. Sólo se valorarán aquellos cursos estrictamente de formación complementaria a la titulación que, en cada caso, se posea, excluyéndose por tanto, los integrantes de ciclos formativos o titulaciones oficiales.

La puntuación máxima de toda la formación y cursos de especialización y perfeccionamiento será en total en este apartado 6.1.2 de 2 puntos.

Para puntuar la formación complementaria se deberá presentar la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos, constando el número de horas, nombre, fecha del curso y datos personales del aspirante.

6.1.3. Conocimiento de la comarca y del medio rural en la que se va a desarrollar el programa: Se justificarán por haber realizado trabajos en la comarca Serranía de Ronda:

Por haber realizado trabajos como monitor/-a deportivo/-a en la misma comarca donde se va a ejecutar el programa: 0,5 puntos por cada 6 meses, o puntuación proporcional para periodos inferiores, hasta un máximo de 2 puntos.

La puntuación máxima por el conocimiento de la comarca y del medio rural será en total en este apartado 6.1.3 de 2 puntos.

 

 

6.2.- Fase de Entrevista con la Comisión Evaluadora de Selección:

Se realizará una entrevista personal, valorada en un máximo de 2 puntos.
La entrevista versará sobre el proyecto presentado por los/as candidatos/as, los aspectos prácticos de los contenidos y funciones del puesto a desempeñar, y sobre aquellas cuestiones que determinen los miembros del tribunal de selección, en relación con las competencias, aptitudes y actitudes para el puesto de los/as candidatos/as.
La puntuación final de la entrevista se obtendrá con la puntuación media obtenida por parte de todos los miembros del tribunal.

La entrevista tendrá una puntuación máxima de 2 puntos para cada candidato/a.

La puntuación final de la entrevista se obtendrá con la puntuación media obtenida por parte de todos los miembros de la Comisión Evaluadora de Selección.

6.3.- Puntuación final:

La puntuación final de la selección se obtendrá con la suma de las fases de méritos, proyecto y de entrevista, por lo que la puntuación total no podrá exceder de 8 puntos, que será la puntuación máxima por cada uno/a de los/as candidatos/as.

SÉPTIMA.- PROPUESTA DE CONTRATACIÓN.

Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes con sus calificaciones totales según el orden de puntuación, exponiéndose en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, proponiendo al Ayuntamiento la contratación del aspirante que haya obtenido la mayor puntuación en el proceso selectivo. En caso de empate se dará prioridad a quien haya obtenido mayor puntuación en la experiencia profesional. Si persistiera, se procederá al desempate por sorteo.

OCTAVA.- INCIDENCIAS.-

Contra estas bases, su convocatoria y cuantos actos se deriven de las mismas y de la actuación del tribunal, se podrán interponer impugnaciones por los interesados en los casos y en la forma previstos por la ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.


Benarrabá, 14 de Febrero de 2013.
EL ALCALDE,

 

 

 

Fdo. Silvestre Barroso Jarillo.

 

 

 


ANEXO I


SOLICITUD DE ADMISIÓN AL PROCESO DE SELECCIÓN PARA LA CONTRATACIÓN COMO PERSONAL LABORAL EN EL AYUNTAMIENTO DE BENARRABÁ, A TIEMPO PARCIAL, PARA LA REALIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DEPORTIVAS SUBVENCIONADAS CON CARGO AL PROGRAMA 2.36.DE.32/C DEL PLAN PROVINCIAL DE ASISTENCIA Y COOPERACIÓN DURANTE LA ANUALIDAD 2.013 DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE MÁLAGA.

 
DATOS PERSONALES
Nombre
Apellidos
DNI
Domicilio a efectos de notificaciones
Población Código Postal
Provincia
Teléfono de contacto
Nacionalidad
Correo electrónico

TITULACION

DOCUMENTACION QUE SE ADJUNTA

1.Copia auténtica o compulsada del título exigido en la convocatoria o documento oficial de su solicitud.
2.Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
3.Los documentos exigidos en la convocatoria:
-
-
-
-
-

 

 

 

En Benarrabá, a ___ de _________de 20­­­­___

 

 

 

Fdo. ________________________

 

 


AL SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE BENARRABÁ.

 

 

 

 

 

 

 

Don /Doña _________________________________________________________con DNI__________________ y domicilio en ____________________________________
____________________-________________________________________________

 

DECLARO BAJO JURAMENTO

- No hallarme incurso/a en causa de incapacidad.

- No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarme inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas, en los términos exigidos.

- Asimismo declaro no venir desempeñando ningún puesto o actividad en que resulte incompatible según lo dispuesto en la Ley 53/1984.

 

 

En Benarrabá a ____ de _____________________ de 20____

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

AL SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE BENARRABÁ.