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CONTRATACIÓN MONITOR/A DEPORTIVO A MEDIA JORNADA

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CONTRATACIÓN MONITOR/A DEPORTIVO A MEDIA JORNADA


BASES PARA LA SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN, CON CARÁCTER EXCEPCIONAL, DE UN MONITOR/A DEPORTIVO EN EL AYUNTAMIENTO DE BENARRABÁ PARA LA SUSTITUCIÓN DE SU TITULAR POR BAJA LABORAL.


PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA.

La presente convocatoria, con carácter excepcional, tiene como objeto la regulación del procedimiento selectivo para la contratación provisional de un/a sustituto/a, por baja laboral de la titular del puesto de trabajo, de un/a monitor/a deportivo en el Ayuntamiento de Benarrabá.

El proceso se desarrolla bajo los principios de igualdad efectiva entre hombres y mujeres, mérito, capacidad y transparencia, todo ello con la publicidad en la página web del Ayuntamiento y en el tablón de anuncios del mismo.


SEGUNDA: DESCRIPCIÓN DEL PUESTO

- Puesto de trabajo a cubrir: monitor deportivo.

- Sistema selectivo: concurso de méritos y entrevista.

- Nivel mínimo de titulación exigido: Técnico Superior en Animación de Actividad física y deportes, o equivalente

- Salario: 712.50 € brutos más dos pagas extras anuales.

- Jornada laboral: 20 horas semanales, con horario flexible según necesidades del área de Deportes.

- Duración: la duración de la baja laboral.

En caso de que el titular del puesto de trabajo de monitor deportivo, actualmente en situación de baja laboral, decidiera no incorporarse al mismo, se convocaría un nuevo proceso selectivo para cubrir la consiguiente vacante, sin reconocerse derecho alguno al sustituto que resulte de la presente selección, finalizando automáticamente la relación laboral de éste último con el Ayuntamiento de Benarrabá sin más.

Para la selección se tendrá en cuenta que se requiere el siguiente perfil:

1. Innovador/a, creativo/a y con carácter emprendedor/a en sus actuaciones.
2. Con iniciativa personal, responsable y resolutivo/a, orientado/a a logros y a conseguir resultados.

Se responsabilizará de las siguientes tareas:

- Coordinar y dirigir las actividades del deporte en edad escolar, adulta y tercera edad, y de forma complementaria otras actividades de promoción deportiva en la localidad.
- Programar actividades dirigidas al fomento del deporte popular y de promoción siguiendo las directrices del área de Deportes.
- Desarrollo de actividades docentes, y en definitiva, todas aquellas que le sea encomendadas y sean acordes con su preparación.
- Acompañar y organizar a los participantes en los juegos comarcales y en las actividades que organice la Diputación de Málaga.

Dependerá directamente del Alcalde o persona en quien éste delegue.


TERCERA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.

1. Los/as candidato/as que deseen tomar parte en este proceso selectivo habrán de reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español o nacional de cualquier Estado miembro de la Unión Europea, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 LEBEP.
b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder de sesenta y cinco.
c) Estar en posesión de título de Técnico Superior en Animación de Actividad física y deportes, o equivalente. Se acreditará mediante el título expedido por la autoridad académica competente.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. Quienes tengan la condición de minusválido/a, deberán acreditar la compatibilidad con el desempeño de las tareas correspondientes a la plaza objeto de la presente convocatoria (artículo 59 de la LEBEP), mediante dictamen expedido, con posterioridad a la publicación de la misma en el Boletín Oficial del Estado y con anterioridad a la iniciación del proceso de selección, por un equipo multiprofesional competente. En otro caso, no serán admitidos al proceso selectivo.

2. El cumplimiento de todos los requisitos exigidos se entenderá referido al día en que concluya el plazo de presentación de instancias.


CUARTA.- SOLICITUDES.

1. Quienes deseen participar deberán solicitarlo mediante instancia que se dirigirá a la Alcaldía del Ayuntamiento de Benarrabá y durante el plazo de 10 días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Benarrabá y en la página web del Ayuntamiento.
2. El modelo de instancia para tomar parte en las pruebas selectivas será el que figura como Anexo I a las presentes bases y será facilitado gratuitamente en el Ayuntamiento de Benarrabá.
3. A la solicitud se acompañara:
- Fotocopia compulsada del D.N.I.
- Fotocopia compulsada de la titulación exigida en la convocatoria.
- Declaración jurada de cumplir el resto de requisitos de la convocatoria.
- De igual modo, se acompañará, a fin de su baremación, todos aquellos documentos que acrediten los méritos que se aleguen para ser valorados, así como un proyecto elaborado por el aspirante sobre las actividades que desarrollaría en el puesto de trabajo, pudiendo estar dirigido a la edad escolar, adulta o tercera edad, con una extensión máxima de 5 folios a una cara.
4. Transcurrido el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde – Presidente dictará resolución aprobando la relación provisional de admitidos, que se expondrá en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Benarrabá. Quienes aparezcan como excluidos dispondrán de dos días hábiles para subsanar los defectos de su solicitud. Finalmente se publicará la lista definitiva de admitidos y excluidos, junto con la composición nominal del tribunal, así como lugar y fecha de actuación del mismo, a los efectos de emplazamiento de los aspirantes admitidos a la entrevista.


QUINTA.- COMISIÓN EVALUADORA DE SELECCIÓN.

El tribunal calificador estará constituido por cinco miembros (presidente, secretario y tres vocales), designados por el Alcalde entre funcionarios de carrera o empleados públicos. El secretario del tribunal será el de la Corporación o funcionario en quien delegue, con voz y sin voto.
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1. La composición será predominantemente técnica y deberán poseer todos sus miembros el nivel de titulación igual o superior a los exigidos para el acceso a la plaza convocada, tendiendo a la paridad entre hombre y mujer.
2. Cuando concurra en los miembros de la Comisión alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, éstos se abstendrán de intervenir y notificarán esta circunstancia a la Alcaldía-Presidencia; asimismo, los aspirantes podrán recusarlos en la forma prevista en el artículo 29 de la citada Ley.
3. El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, siendo siempre necesaria la presencia del presidente y el secretario. El tribunal resolverá por mayoría de votos de los miembros presentes todas las dudas que surjan de la aplicación de las normas contenidas en estas bases y determinará la actuación en los casos no previstos.


SEXTA.- PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN.


6.1.- Fase de valoración de los méritos:

Las puntuaciones correspondientes a los méritos aportados será la siguiente:

6.1.1.- Experiencia:

Se valorará la experiencia de trabajo como monitor/a deportivo/a tanto en la Administración Pública como en la empresa privada. Se valorará a razón de 0,3 puntos por cada mes de servicio a jornada completa.

La puntuación máxima de toda la experiencia aportada será en total en este apartado 6.1.1 de 1,5 puntos.

La experiencia se acreditará mediante contrato de trabajo y/o certificado de empresa y vida laboral.


6.1.2. Titulación superior a la exigida como requisito para participar y Cursos de especialización y perfeccionamiento relacionados con la materia:

• Por estar en posesión del Título de Diplomado en Educación Física: 0,5 puntos.
• Por estar en posesión del Título de Licenciado en Educación Física 1 punto.
• Por cada curso de formación complementaria realizado en relación con la actividad deportiva y directamente vinculado con el perfil del puesto a desempeñar:
- De más de 50 horas de duración: 0,5 puntos, hasta un máximo de 2 puntos. Sólo se valorarán aquellos cursos estrictamente de formación complementaria a la titulación que, en cada caso, se posea, excluyéndose por tanto, los integrantes de ciclos formativos o titulaciones oficiales.

La puntuación máxima de toda la formación y cursos de especialización y perfeccionamiento será en total en este apartado 6.1.2 de 3,5 puntos.

Para puntuar la titulación y formación complementaria se deberá presentar la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos, tanto de la titulación académica oficial como de la formación complementaria, en ésta último caso, constando el número de horas, nombre, fecha del curso y datos personales del aspirante.


6.2.- Proyecto y planificación deportiva para los grupos usuarios del servicio municipal: tercera edad, grupos de niños/as, adultos en las instalaciones del gimnasio y polideportivo:

El proyecto ha de presentarse en formato papel. Hasta un máximo de 5 folios a una cara.
Se valorará tanto el proyecto presentado como la defensa que del mismo haga el aspirante ante el tribunal, ésta última se puntuará en la fase de entrevista. Por lo que respecta a este apartado, se valorará la presentación y la planificación deportiva del proyecto.

La puntuación máxima de proyecto y planificación en total en este apartado 6.2 será de 1,5 puntos. Para calcular la nota media de cada aspirante se sumarán las notas otorgadas por cada uno de los miembros del tribunal y se dividirá por el número total de ellos.


6.3.- Fase de Entrevista con la Comisión Evaluadora de Selección:

La Comisión Evaluadora de Selección convocará a los aspirantes que reúnan los requisitos para celebrar una entrevista donde se comprueben los conocimientos, competencias, aptitudes y capacidad analítica de los aspirantes (según se describe en el perfil del puesto descrito en el apartado SEGUNDO de las presentes bases).

En la entrevista se expondrá el proyecto y planificación, además de versar sobre los aspectos prácticos de los contenidos y funciones del puesto de dinamizador/a, y sobre aquellas cuestiones que determinen los miembros de la Comisión Evaluadora de Selección, en relación con las competencias, aptitudes y actitudes para el puesto de los/as candidatos/as.

La entrevista tendrá una puntuación máxima de 3.5 puntos para cada candidato/a.

La puntuación final de la entrevista se obtendrá con la puntuación media obtenida por parte de todos los miembros de la Comisión Evaluadora de Selección.


6.3.- Puntuación final:

La puntuación final de la selección se obtendrá con la suma de las fases de méritos, proyecto y de entrevista, por lo que la puntuación total no podrá exceder de 10 puntos, que será la puntuación máxima por cada uno/a de los/as candidatos/as.

SÉPTIMA.- PROPUESTA DE CONTRATACIÓN.
Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes con sus calificaciones totales según el orden de puntuación, exponiéndose en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, proponiendo al Ayuntamiento la contratación del aspirante que haya obtenido la mayor puntuación en el proceso selectivo.


OCTAVA.- INCIDENCIAS.-

Contra estas bases, su convocatoria y cuantos actos se deriven de las mismas y de la actuación del tribunal, se podrán interponer impugnaciones por los interesados en los casos y en la forma previstos por la ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.







En Benarrabá, a 27 de septiembre de 2010.
EL ALCALDE,




Fdo. Silvestre Barroso Jarillo.
























ANEXO I

SOLICITUD PARA SER ADMITIDO EN EL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN PARA LA CONTRATACIÓN CON CARÁCTER EXCEPCIONAL DE UN MONITOR DEPORTIVO EN EL AYUNTAMIENTO DE BENARRABÁ PARA LA SUSTITUCIÓN DE SU TITULAR POR BAJA LABORAL.


DATOS PERSONALES

Nombre
Apellidos
DNI
Domicilio a efectos de notificaciones
Población Código Postal
Provincia
Teléfono de contacto
Nacionalidad
Correo electrónico

TITULACION

DOCUMENTACION QUE SE ADJUNTA

1. Copia auténtica o compulsada del título exigido en la convocatoria o documento oficial de su solicitud.
2. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
3. Los documentos exigidos en la convocatoria:
-
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-
-
-

En Benarrabá , a ___ de _________de 20¬¬¬¬___




Fdo. ________________________


AL SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE BENARRABÁ.




Don /Doña _______________________________________________________con DNI__________________ y domicilio en ___________________________________
____________________-_______________________________________________



DECLARO BAJO JURAMENTO

- No hallarme incurso/a en causa de incapacidad.

- No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarme inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas, en los términos exigidos.

- Asimismo declaro no venir desempeñando ningún puesto o actividad en que resulte incompatible según lo dispuesto en la Ley 53/1984.




En Benarrabá a ____ de _____________________ de 20____