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BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN DE UN/A TÉCNICO/A DE JUVENTUD

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BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN DE UN/A TÉCNICO/A DE JUVENTUD

 


ANUNCIO

Por el que se convoca la Contratación Provisional de un/a técnico/a para desarrollar las labores de dinamización juvenil e infantil, según acuerdo del Decreto de la Alcaldía nº 124/2011, de 17/06/2011 con arreglo a las siguientes:

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN DE UN/A TÉCNICO/A DE JUVENTUD CONTEMPLADO EN EL ACUERDO DE CONCERTACIÓN 2.011.
1º.OBJETO.-
El objeto de la presente convocatoria es regulación del proceso de selección, por el sistema de concurso, para la contratación provisional, de un/a técnico/a para desarrollar las labores de dinamización juvenil e infantil, recogido en los acuerdos establecidos con la Diputación de Málaga en el documento de Concertación 2011 con las siguientes características:
a) La duración del contrato estará comprendida desde la fecha de la contratación, inmediatamente después de concluir el proceso selectivo, finalizando siempre antes o el mismo 31/12/2011. Será a media jornada pudiendo ampliarse en determinadas fechas si lo necesita el ayuntamiento. El horario será acordado por las dos partes y la duración tendrá como máximo la subvención concedida por la Diputación de Málaga dentro del programa de Concertación 2011. 
b) Las retribuciones brutas serán de 650,00 €, mas pagas extras y vacaciones que correspondan. Será por media jornada, estando siempre en función de la subvención que sea concedida.
c) El horario de trabajo será por la mañana y tarde según las necesidades del programa, no obstante, este horario se puede alterar algún día de la semana, a convenir por las partes. Cualquier otra incidencia con el personal contratado dependerá del Alcalde o persona en quien delegue.
2º.REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.-
Los aspirantes deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias, los siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad de cualquier país perteneciente a la Unión Europea.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. 

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión de diplomatura universitaria o equivalente de las especialidades de magisterio, animación sociocultural, asuntos sociales, integración sociocultural, psicología, o relacionada con ellas; o del certificado de la Entidad donde lo realizó, en caso de encontrarse a la espera de recibirlo.
f) Disponibilidad horaria.
g) Permiso de circulación B1 y vehículo propio o posibilidad de autodesplazarse.
h) Formación informática y conocimientos de Internet.
3º.SOLICITUDES.-
Las instancias deberán dirigirse al Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Benarrabá, y se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento (de lunes a viernes en horario de 9:00 a 14:30 horas), dentro del plazo de 10 días naturales desde la publicación de la convocatoria en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web municipal, o hasta el primer día hábil siguiente si el plazo concluye en sábado, domingo o festivo.
Las instancias también podrán presentarse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En este último caso, requisito imprescindible para poder participar en el proceso selectivo, adelantar dentro del plazo de presentación de solicitudes, un fax con la copia de la instancia presentada debidamente sellada, al Ayuntamiento de Benarrabá al número 952150208.
La instancia solicitando la admisión al concurso será acompañada de la fotocopia del D.N.I., fotocopia de la titulación exigida y de la documentación acreditativa de los méritos a valorar según la tabla que figura en estas bases. (punto 7º “Sistema de selección).
4º.ADMISIÓN DE CANDIDATOS.-
En el plazo máximo de tres días naturales, a partir de la fecha de terminación del periodo de presentación de instancias, se hará pública la lista de admitidos y excluidos en la que constará el nombre y apellidos de cada candidato, su número de D.N.I. y la causa de no admisión, en su caso.
En dicha publicación, se indicará el lugar y la fecha en que se llevará a cabo la actuación del Tribunal, a los efectos de emplazamiento de los aspirantes admitidos a la entrevista a celebrar. Así como la composición nominal del mismo, publicándose en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Benarrabá, estableciéndose un plazo de 2 días naturales para la subsanación de errores.
5º.OBLIGACIONES o FUNCIONES.-
a).- Organización y planificación con el Ayuntamiento para realizar actividades con la juventud y dinamizar el local que está destinado a ellos.
b).- Información y difusión de la planificación realizada a la juventud de Benarrabá.
c).- Realización de las actividades para los jóvenes.
d).- Coordinación con las organizaciones comarcales en las actividades y campañas que realicen.
e).- Dinamización de las asociaciones infantiles y juveniles y posibilidades de crear nuevas asociaciones de jóvenes con diferentes objetivos. 
f).- Coordinación con los diferentes técnicos municipales que afectan a su sector de población: Técnico deportivo, dinamizador de Guadalinfo, técnica en empresas y emprendedores, profesor de música, técnica de presupuestos participativos, monitor/a de natación.
g) Cooperación, asesoramiento y coordinación con el AMPA Río Genal dentro de las posibilidades municipales.
h).- Apoyo al ayuntamiento en la organización y realización de actividades que lleven a cabo en los distintos eventos que se realizan (Mercado hebreo, Representación popular de los Reyes Magos, Feria Gastronómica, Semana Cultural, y otros eventos que se le solicite).
6º. COMPOSICION DEL TRIBUNAL.-
Será el encargado de valorar los datos aportados y estará compuesto por:
a) Presidente, un funcionario/empleado público del Ayuntamiento.
b) Vocales: 
- Agente Local de Promoción de Empleo de la UTEDLT Guadiaro Genal.
- Dos funcionarios/empleados públicos del Ayuntamiento.
c) Actuará como Secretario el que lo sea de la Corporación o persona en quien delegue.
El Tribunal resolverá por mayoría de votos de los presentes, todas las dudas en la interpretación de estas bases y determinará la actuación procedente en lo no previsto en las mismas.
7º. SISTEMA DE SELECCIÓN.-
Consistirá:
1.- Evaluación de los datos justificados de méritos aportados por los concursantes, aplicando el baremo siguiente:
a) Experiencia profesional en trabajos relacionados con dinamización de grupo y con la impartición de cursos formativos: Por cada año de servicios 0.5 punto, valorándose los trabajos realizados en tiempo menor a un año con la parte proporcional correspondiente, hasta un máximo de 2,5 puntos.
b) Por encontrarse en situación de desempleo debidamente registrado como tal en las oficinas del SAE, 0’50 puntos.
c) Por la presentación de un proyecto de planificación de las actuaciones que realizaría desde su contratación hasta final de año, hasta un máximo de 2,5 puntos. 
d) Formación: Por tener licenciatura en las materias exigidas para poder presentarse 1 punto. Por cursos de formación relacionados con: dinamización de grupos, juventud, ocio y tiempo libre, orientación laboral, impartición de cursos y materias relacionadas, 1 punto por cada curso de 100 horas. Valorándose los curso con menos horas por la parte proporcional. Hasta un máximo de 2,5 puntos.
2.- Se realizará una entrevista personal, valorada en un máximo de 5 puntos.
La entrevista versará sobre la planificación presentada, tanto en su adecuación a las obligaciones o funciones recogidas en el punto 5, como en los actos y eventos en los que ha de colaborar en el periodo de duración de su contrato. Y sobre aspectos prácticos de los contenidos y funciones del puesto de dinamizador/a, y sobre aquellas cuestiones que determinen los miembros del tribunal de selección, en relación con las competencias, aptitudes y actitudes para el puesto de los/as candidatos/as.
La puntuación final de la entrevista se obtendrá con la puntuación media obtenida por parte de todos los miembros del tribunal.
8º. PUBLICIDAD DE LA CALIFICACIÓN.-
Concluida la valoración de los datos, el Tribunal formará relación de aspirantes por orden de puntuación, de mayor a menor, y elevará propuesta de adjudicación de plaza en favor del primero, quedando los restantes como suplentes para el supuesto de que el propuesto no llegara a suscribir el correspondiente contrato.
La citada relación será publicada en el tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Benarrabá el día siguiente al de celebración del proceso selectivo.

Benarrabá, 17 de Junio de 2011.
EL ALCALDE,


Fdo. Silvestre Barroso Jarillo.